¿Cuándo se debe declarar ingresos por arriendo de propiedades DFL2 ?
La Ley 21.420, establece cambios significativos al sistema tributario chileno, donde señala modificaciones al declarar ingresos por arriendo. Por: Tomás Rodríguez Botto La Ley 21.420, promulgada en enero de 2022, modificó el alcance del beneficio tributario dispuesto en el DFL 2, donde el principal cambio radica en la declaración de ingresos por arriendos a partir […]
La Ley 21.420, establece cambios significativos al sistema tributario chileno, donde señala modificaciones al declarar ingresos por arriendo.
Por: Tomás Rodríguez Botto
La Ley 21.420, promulgada en enero de 2022, modificó el alcance del beneficio tributario dispuesto en el DFL 2, donde el principal cambio radica en la declaración de ingresos por arriendos a partir de la tercera propiedad acogida al beneficio del DFL-2, aplicable desde el año tributario 2024. Eso sí, las personas que tengan hasta dos propiedades pueden declarar de forma voluntaria.
En relación a quienes deben declarar estos ingresos, Rodrigo Andreucci , socio de Andreucci y Torrejón, señaló que “los propietarios de los inmuebles DFL 2 arrendados son los obligados a declarar estos ingresos, todos los ingresos”.
En tanto, Ignacio Garafulich, CEO de Pop Estate, comentó que “la nueva regulación no solo busca fomentar la equidad tributaria y aumentar la recaudación fiscal, sino también promover la transparencia y el control en las actividades económicas relacionadas con bienes raíces. Es esencial que los contribuyentes se familiaricen con estas regulaciones y utilicen las herramientas disponibles para cumplir con sus obligaciones de manera eficiente y precisa.”
Además, el hecho de que el contribuyente no declare los ingresos deriva en sanciones que pueden incluir multas y recargos. “Si el Servicio de Impuestos Internos lo detecta puede objetar la declaración y si además ese contribuyente tiene más de dos inmuebles arrendados puede ser efectuar un “giro” (Cobro) de los impuestos adeudados y si no lo paga la Tesorería embarga la propiedad”, agregó Andreucci.
Por otra parte, hay que señalar que los ingresos por propiedades no DFL-2, tales como oficinas, bodegas y estacionamientos, deben ser siempre declarados.
Fuente: eldiarioinmobiliario.cl